Reglamento Internacional
para Prevenir Abordajes

R.I.P.A

Parte C - Luces y Marcas

Regla 30

Buques fondeados y buques varados

a) Los buques fondeados exhibirán en el lugar más visible:
  1. En la parte de proa una luz blanca todo horizonte o una bola
  2. En la popa, o cerca de ella, y a una altura inferior a la de la luz prescrita en el apartado 1), una luz blanca todo horizonte.

Buque fondeado de eslora superior o igual a 50 m.

 

b) Los buques de eslora inferior a 50 metros podrán exhibir una luz blanca todo horizonte en el lugar más visible, en vez de las luces prescritas en el párrafo a) de esta regla.

Buque menor de 50 m. de eslora fondeado

 

c) Los buques fondeados podrán utilizar sus luces de trabajo o equivalentes, para iluminar sus cubiertas. En los buques de 100 metros de eslora o más, la utilización de las mencionadas luces será obligatoria.

 

d) Además de las luces prescritas en los párrafos a) o b) de esta regla, un buque varado exhibirá, en el lugar más visible.
  1. Dos luces rojas todo horizonte en línea vertical.
  2. Tres bolas en línea vertical

Buque varado de más de 50 m. de eslora

Buque varado de eslora menor a 50 m.

 

e) Las embarcaciones de menos de 7 metros de eslora, cuando estén fondeadas en un lugar que no esté ni cerca de un paso o canal angosto, fondeadero o zona de navegación frecuente, no tendrán obligación de exhibir las luces o la marca prescritas en los párrafos a) y b) de esta regla.

 

f) Los buques de menos de 12 metros de eslora, cuando estén varados, no tendrán obligación de exhibir las luces o marcas prescritas en los apartados 1) y 2) del párrafo d) de esta regla

 

Marcas

Fondeado Buque de vela
con motor
Objeto remolcado y marca adicional en proa si es mayor de 200 m de eslora Buque dedicado
a la pesca

Sin gobierno Limpieza de
minas
Capacidad de maniobra restringida Restringido por su calado

Varado Draga y operaciones submarinas.
Banda de paso y banda de obstrucción
Pesquero - no de arrastre - con aparejo a más de 150 m.